El Senado aprobó en primer debate un proyecto que busca limitar el funcionamiento de la JEP hasta marzo de 2028 y trasladar sus procesos pendientes a la justici
La propuesta de anticipar el cierre de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) comenzó su recorrido en el Congreso. Un proyecto de acto legislativo que busca limitar a diez años el funcionamiento de este tribunal, creado tras el Acuerdo de Paz de 2016, fue aprobado en primer debate en la Comisión Primera del Senado, con diez votos a favor y ninguno en contra, en medio de cuestionamientos de sectores políticos y advertencias de la propia jurisdicción sobre sus efectos para las víctimas.
La iniciativa, presentada por el senador Enrique Gómez, de Salvación Nacional, pretende que la JEP termine sus funciones en marzo de 2028, fecha inicialmente prevista para su vigencia, y que los procesos que para entonces continúen pendientes sean trasladados a la justicia ordinaria, bajo las garantías contempladas en el Acuerdo de Paz.
La votación estuvo marcada por el retiro de la bancada del Pacto Histórico, que defendió la ampliación de la jurisdicción hasta 2033. De esta manera, el resultado no representa todavía una decisión definitiva, pues el proyecto deberá superar otros siete debates en el Congreso, distribuidos en dos vueltas, antes de convertirse en reforma constitucional.
Los argumentos para limitar su funcionamiento

Gómez sostiene que la JEP presenta retrasos en el desarrollo de sus investigaciones y que el modelo de justicia transicional no ha cumplido las metas previstas. Uno de sus principales cuestionamientos apunta a las Salas de Reconocimiento, encargadas de formular los macrocasos.
“Hoy en día tenemos cerca de 37 subcasos y solo existen fallos parciales en seis de ellos”, afirmó el congresista, quien considera que esta situación también perjudica a los firmantes del Acuerdo de Paz y a integrantes de la Fuerza Pública que todavía esperan una resolución de su situación jurídica.
Por ello, propone diferenciar el tratamiento de los máximos responsables de crímenes de lesa humanidad y el de los comparecientes que no tienen responsabilidad determinante en esos delitos. Para estos últimos plantea procedimientos más expeditos en la justicia ordinaria, mientras que los casos de los 346 imputados por crímenes de lesa humanidad tendrían un tratamiento judicial de mayor jerarquía.
El proyecto también establece que el traslado de los procesos no podrá representar un tratamiento penal o procesal más gravoso para los comparecientes.
Los cambios y las diferencias políticas
Durante la discusión fueron aprobadas tres proposiciones impulsadas por la senadora María Clara Posada, del Centro Democrático, que modifican el esquema de revisión de las decisiones de la JEP.
Entre los ajustes se establece que las condenas contra comparecientes que no acepten responsabilidad sean revisadas automáticamente por la Corte Suprema de Justicia. Asimismo, ese alto tribunal conocería las tutelas contra las decisiones de la jurisdicción y se eliminaría la propuesta de crear una sala de seguimiento que podría prolongar su funcionamiento durante dos décadas adicionales.
Sin embargo, la iniciativa no cuenta con un respaldo político consolidado. El senador liberal Héctor Olimpo Espinosa advirtió que su bancada no acompañará un cierre anticipado de la jurisdicción, aunque sí está dispuesta a respaldar los ajustes que considere necesarios.
“Con los liberales no van a contar para acabar con la JEP”, sostuvo. También cuestionó la viabilidad constitucional del proyecto, al considerar que el Acuerdo de Paz estableció una vigencia mínima de tres periodos presidenciales completos, lo que llevaría el funcionamiento del tribunal hasta agosto de 2030.
El autor de la iniciativa propuso realizar una audiencia pública el próximo 4 de noviembre con participación de las altas cortes, las víctimas, los operadores judiciales y las organizaciones de firmantes para discutir el alcance de la reforma.
Las advertencias de la JEP
Uno de los principales obstáculos para la propuesta son las advertencias de la propia jurisdicción, que considera que anticipar su cierre podría afectar los derechos de quienes han sufrido las consecuencias del conflicto armado.
Según la JEP, reducir su funcionamiento hasta marzo de 2028 podría “comprometer los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición”, al establecer una fecha definitiva sin garantizar que los procesos hayan concluido.
También alertó que trasladar los expedientes a la justicia ordinaria podría afectar la garantía del juez natural y desmantelar el modelo especializado creado para investigar los crímenes más graves del conflicto. A esto sumó el riesgo de trasladar procesos de alta complejidad a una justicia ordinaria que ya enfrenta problemas de congestión.
La jurisdicción advirtió, además, que un cierre anticipado podría comprometer los compromisos internacionales de Colombia y reactivar el escrutinio de la Corte Penal Internacional.
“La terminación de una jurisdicción no equivale a la culminación de la justicia”, señaló la JEP.
Por ahora, la aprobación en primer debate abre una discusión de fondo sobre los tiempos, resultados y alcances de la justicia transicional en Colombia.