El anuncio supone una transformación decisiva tras casi medio siglo de inacción, activando el mandato de la Ley 10 de 1978 que había quedado en el olvido.
En una alocución pronunciada desde la cubierta de un buque de la Armada Nacional en la isla de San Andrés, el presidente Abelardo De La Espriella anunció que el próximo 30 de noviembre publicará en las cartas náuticas oficiales de Colombia el “decreto de líneas de base del archipiélago”. La medida trazará las coordenadas de las aguas territoriales nacionales en torno a San Andrés, Providencia y Santa Catalina, además de sus cayos y arrecifes.
El anuncio supone un viraje decisivo tras casi medio siglo de inacción, activando el mandato de la Ley 10 de 1978 que había quedado en el olvido. Con este paso, el Ejecutivo busca “implementar una política de defensa integral del territorio” que combine el aumento de la presencia militar con el desarrollo socioeconómico de la región insular.
“Se trata de un acto de soberanía porque vamos a medir, a cartografiar y a publicar lo que es nuestro, con la precisión que exige el derecho internacional y con la responsabilidad y el orgullo que demanda la patria”, afirmó el mandatario.

El sustento jurídico y las victorias en la CIJ
El trasfondo de esta decisión se remonta a la prolongada disputa legal mantenida con Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Aunque el fallo de 2012 redefinió la frontera marítima otorgando a Managua una amplia Zona Económica Exclusiva (ZEE), en 2023 la CIJ puso fin al litigio al rechazar las pretensiones nicaragüenses de extender su plataforma continental más allá de las 200 millas sobre el mar territorial colombiano.
Publicar las líneas de base formaliza la postura de Bogotá de que “Colombia no cede una milla náutica, no cede un arrecife y no abandona a sus pescadores”. No obstante, expertos en derecho internacional y jurisprudencia marítima señalan que el decreto posee una doble dimensión: es un acierto estratégico necesario, pero acarrea importantes exigencias técnicas.
Desde la perspectiva del análisis jurídico, la expedición del decreto es indispensable para materializar los fallos que favorecieron al país. La sentencia del 13 de julio de 2023 concluyó que la plataforma continental de un Estado no puede extenderse dentro de las 200 millas desde las líneas de base de otro. De este modo, Colombia formalizará el punto de partida técnico desde el cual ejerce sus derechos reconocidos.
Asimismo, la estrategia abre la puerta a un acuerdo bilateral, la ruta recomendada por la propia CIJ para normar los derechos de pesca de la comunidad raizal. La jurisprudencia internacional ratificó que los pescadores artesanales raizales: “(Pueden) navegar libremente dentro de la zona económica exclusiva de Nicaragua, incluso en sus viajes entre las islas habitadas y las zonas de pesca del lado colombiano de la frontera marítima”.
Advertencias y matices técnicos
Para evitar reabrir fisuras legales que Managua pueda capitalizar, internacionalistas subrayan cuatro precisiones esenciales que el Ejecutivo debe considerar:
Régimen de cayos e islotes: Formaciones como Quitasueño (QS 32), clasificadas como rocas bajo el artículo 121.3 de la Convemar, solo generan mar territorial de 12 millas y no ZEE, quedando enclavadas. Tratar todas las formaciones como un bloque uniforme resulta riesgoso.
Límites de jurisdicción: Exigir permisos de pesca e investigación es impecable en aguas soberanas, pero no puede aplicarse en la ZEE nicaragüense sin vulnerar el fallo de 2022.
Enfoque de seguridad: Perseguir el narcotráfico y la piratería debe sustentarse en la jurisdicción universal en alta mar y no en la zona contigua, la cual está limitada a materias aduaneras, fiscales, migratorias y sanitarias.
Trazado no envolvente: El trazado no debe enlazar las islas en un sistema envolvente que encierre grandes áreas marinas a más de 100 millas de distancia, pues incurriría en el mismo vicio que Colombia objetó exitosamente a Nicaragua en el pasado.
Hacia una política de Estado
El discurso presidencial enfatizó que “la soberanía se ejerce, no solo se afirma. Se ejerce con instituciones presentes, con actividad marítima y con capacidad efectiva de control”. El desafío de Colombia trasciende la firma del decreto el próximo 30 de noviembre: requiere la construcción de una verdadera política jurídica exterior.
Esto implica consolidar una agencia técnica permanente para el litigio internacional, una doctrina nacional clara sobre el derecho del mar y una gobernanza marítima que lidere el desarrollo del Caribe desde las costas y el territorio insular, dejando atrás décadas de gestión centralizada desde la cordillera.