El nuevo mapa pensional que deja el fallo de la Corte

Por Redacción Acento

La Corte aclaró que a partir del 1 de abril de 2027 deberá estudiar más de 100 demandas que cuestionan aspectos de fondo de la ley.

El nuevo mapa pensional que deja el fallo de la Corte

La reforma pensional que impulsó el gobierno de Gustavo Petro superó uno de los principales obstáculos que enfrentaba desde su aprobación en el Congreso. La Corte Constitucional declaró exequible la mayor parte de la Ley 2381 de 2024 y mantuvo en pie la estructura del nuevo sistema pensional, aunque ordenó que nueve disposiciones regresen a la Cámara de Representantes para subsanar aspectos del trámite legislativo.

La decisión tiene una consecuencia política evidente: la reforma no fue tumbada y su columna vertebral continúa vigente. Pero tampoco puede interpretarse como un aval definitivo a todo su contenido. La Corte aclaró que el fallo conocido ahora corresponde al examen del procedimiento y que, a partir del 1 de abril de 2027, deberá estudiar más de 100 demandas que cuestionan aspectos de fondo de la ley.

El nuevo sistema, por tanto, sigue en carrera, pero con un debate jurídico que está lejos de terminar.

La controversia se originó en la demanda presentada por la entonces senadora Paloma Valencia, que cuestionó el trámite de aprobación de la reforma en la Cámara. En junio de 2025, la Corte encontró un vicio de procedimiento y ordenó devolver la ley al Congreso para que fuera subsanado.

Después de nuevas votaciones, certificaciones y actuaciones legislativas, el alto tribunal concluyó que la mayor parte del trámite podía mantenerse. Sin embargo, identificó nueve disposiciones que deberán ser revisadas nuevamente por la Cámara.

¿Qué cambia para los colombianos?

El aspecto más importante es que se mantiene el sistema de cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y ahorro voluntario.

A partir del 1 de abril de 2027, quienes estén cobijados por el nuevo esquema cotizarán hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones. Los ingresos que superen ese límite irán a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual, conocida como Accai.

La reforma también conserva el régimen de transición. Las mujeres que tengan al menos 750 semanas cotizadas y los hombres con 900 al momento de entrada en vigencia permanecerán bajo las reglas actuales.

Este punto resulta determinante porque evita que millones de personas próximas a pensionarse tengan que adaptarse inmediatamente al nuevo modelo.

También quedó en firme la denominada ‘ventana de oportunidad’, que permitió a personas cercanas a la edad de pensión cambiar de régimen bajo determinadas condiciones. Hasta el vencimiento del plazo, en julio de 2026, se habían registrado más de 150.000 traslados entre Colpensiones y fondos privados.

Nueve artículos vuelven a la Cámara

El Congreso tendrá ahora 30 días desde la notificación del fallo para subsanar las disposiciones cuestionadas.

Entre ellas está parte del artículo 11, relacionado con la propiedad de los ahorros individuales; el artículo 14, que regula la pensión integral de vejez; y el artículo 19, sobre inversiones de las cuentas individuales.

También deberán ser revisados el artículo 23, relacionado con las comisiones de las administradoras; el artículo 36, que contempla beneficios para mujeres por hijos; el artículo 63, sobre inversiones y fondos generacionales; el artículo 84, referente al tratamiento tributario de las pensiones; y disposiciones de los artículos 92 y 93.

La Cámara deberá cumplir las instrucciones específicas de la Corte y posteriormente remitir un informe para que el tribunal verifique si el procedimiento fue corregido.

El debate de fondo apenas comienza

Aquí está la principal advertencia que deja el fallo. La Corte no declaró constitucional de manera definitiva el contenido de toda la reforma.

La decisión actual se concentra en el vicio de procedimiento que había mantenido suspendida la entrada en vigencia de la ley. Por eso, más de 100 demandas que cuestionan aspectos sustanciales del nuevo sistema deberán ser estudiadas posteriormente.

Ese escenario mantiene abierta la discusión sobre asuntos como la distribución de las cotizaciones, el papel de Colpensiones, el funcionamiento de las Accai, la sostenibilidad financiera del sistema y el manejo de los recursos de los afiliados.

También permanece pendiente un asunto de enorme impacto económico: el traslado de recursos desde los fondos privados hacia Colpensiones cuando los afiliados cumplan los requisitos para pensionarse. La cifra involucrada ronda los $5 billones.

Una victoria parcial para Petro

Políticamente, el fallo representa un alivio para el legado del expresidente Petro. La reforma que durante dos años estuvo atrapada entre el Congreso y la Corte no desapareció y mantiene su estructura central.

Para el actual Gobierno, en cambio, significa recibir una reforma pensional que deberá implementar a partir de 2027, siempre que supere los controles constitucionales pendientes.

El Gobierno tendrá que preparar la infraestructura institucional, definir aspectos operativos y garantizar que la transición no genere incertidumbre entre millones de afiliados.

Así, la Corte cerró una etapa, pero no el debate. La reforma pensional sobrevivió al primer gran examen constitucional, pero todavía deberá superar la prueba política de su implementación y, sobre todo, el examen de fondo que determinará si el nuevo modelo puede mantenerse tal como fue diseñado por el Gobierno Petro.