La nueva emergencia por el terremoto no parte de cero, pues el margen anual disponible sería de 60 días.
La reconstrucción de Colombia tras el terremoto del 10 de agosto tendrá que avanzar contra el tiempo. No solo por la urgencia de recuperar viviendas, hospitales, colegios, vías y aeropuertos, sino porque el mecanismo excepcional al que acudirá el Gobierno, pues este tiene límites constitucionales precisos, porque la emergencia económica, social y ecológica puede declararse por periodos de hasta 30 días y, sumados durante un mismo año, no puede superar los 90 días.
Ese reloj adquiere especial importancia porque el Gobierno ya utilizó una declaratoria de 30 días mediante el Decreto 150 de febrero de 2026, para atender las consecuencias de las lluvias en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. El decreto señaló afectaciones en 181 municipios y 4.506 veredas y estableció expresamente un periodo de 30 días.
Si se mantiene ese cómputo, la nueva emergencia por el terremoto no parte de cero, pues el margen anual disponible sería de 60 días. No significa que la reconstrucción deba terminar en ese plazo, pero sí que las facultades extraordinarias del Ejecutivo tienen una ventana temporal limitada. La fase de reconstrucción, que podría prolongarse durante años, tendrá que encontrar después mecanismos ordinarios de financiación y ejecución.

El presidente Abelardo De La Espriella anunció la declaratoria ante la dimensión de una tragedia que, según el más reciente balance entregado por el Gobierno, ya deja 287 muertos, 3.975 heridos, 496 desaparecidos y 25.872 familias afectadas. El inventario material también explica la decisión: 12.597 viviendas destruidas, 71.763 averiadas, 121 edificios colapsados, 2.205 centros educativos averiados, 240 centros de salud con fallas estructurales, 203 vías afectadas y cinco aeropuertos comprometidos.
El objetivo anunciado es crear el llamado Fondo Milagro, concebido como un mecanismo para canalizar aportes nacionales e internacionales hacia la reconstrucción. La idea recuerda, aunque con diferencias importantes, al modelo del Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero (Forec), creado después del terremoto de 1999. Aquel fondo administró recursos mediante una estructura especial y llegó a manejar el dinero a través de una fiducia, con una participación relevante de organizaciones de la sociedad civil.
El antecedente también deja una advertencia, el hecho de que crear un fondo no garantiza por sí mismo una reconstrucción exitosa. El desafío estará en establecer reglas claras para decidir quién recibe los recursos, cómo se priorizan los proyectos y qué mecanismos impedirán que la emergencia se convierta en un espacio para el clientelismo o la corrupción.
El ministro del Interior, Rodrigo Lara, pidió que las ayudas lleguen directamente a quienes las necesitan y advirtió contra cualquier intento de utilizar políticamente la tragedia. La reconstrucción, por tanto, no solo será una operación financiera, sino que será también una prueba de transparencia institucional.
La propuesta de un ‘Plan Marshall para el Chocó’, anunciada por De La Espriella durante su visita al departamento, amplía todavía más la discusión. El mandatario plantea aprovechar la reconstrucción para reducir el histórico rezago de una región que considera abandonada por el centralismo. El reto será evitar que una emergencia excepcional termine convirtiéndose en una justificación para ejecutar proyectos que no tengan una relación directa con la crisis.
El Ejecutivo puede expedir decretos legislativos con fuerza de ley durante la emergencia, pero esas facultades no son ilimitadas. El artículo 215 exige que las medidas estén directamente relacionadas con las causas de la crisis, sean necesarias para conjurarla y evitar que sus efectos se extiendan.
La Corte Constitucional tendrá a su cargo el control jurídico de los decretos expedidos durante el estado de excepción. El Congreso, por su parte, deberá examinar el informe del Gobierno y puede derogar, modificar o adicionar los decretos en materias que ordinariamente sean de iniciativa gubernamental.
Por eso, la emergencia tiene dos relojes. Uno es el de las facultades extraordinarias, de hasta 60 días disponibles, si se contabilizan los 30 ya utilizados en febrero. El otro es mucho más largo: el de reconstruir un país que apenas comienza a conocer el verdadero tamaño de los daños.
La apuesta del Gobierno será demostrar que la excepcionalidad sirve para acelerar la respuesta y no para sustituir los controles democráticos. La Corte y el Congreso tendrán la tarea de vigilar que cada peso y cada decreto tengan un destino claro: atender la tragedia, reconstruir lo destruido y evitar que el “Fondo Milagro” termine siendo un fondo sin controles.