Fallo que aclara qué puede y qué no puede discutirse de la ciudadanía de De La Espriella

Por Redacción Acento

La decisión también recuerda que el CNE ya había analizado este asunto en dos oportunidades y concluyó que no existía ninguna causal constitucional de inhabilid

Fallo que aclara qué puede y qué no puede discutirse de la ciudadanía de De La Espriella

El Tribunal Superior de Bogotá volvió a pronunciarse sobre uno de los temas que más controversia jurídica generó durante la campaña presidencial: la doble nacionalidad de Abelardo de la Espriella. En esta oportunidad, negó una acción de tutela que buscaba cuestionar la actuación del Consejo Nacional Electoral (CNE) y de la Registraduría por haber permitido su inscripción como candidato, al considerar que también es ciudadano de Estados Unidos.

La decisión no entra a resolver de fondo si la ciudadanía estadounidense representa un impedimento para ejercer la Presidencia. En cambio, fija un criterio procesal: la tutela no es el mecanismo adecuado para controvertir una candidatura o una elección presidencial. Según el Tribunal, cualquier discusión sobre la legalidad de la elección debe tramitarse mediante una acción de nulidad ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

El fallo también recuerda que el CNE ya había analizado este asunto en dos oportunidades y concluyó que no existía ninguna causal constitucional de inhabilidad o inelegibilidad que impidiera la candidatura de De La Espriella.

Con esta decisión, el hoy presidente electo suma una nueva victoria judicial. Durante la campaña enfrentó varios procesos, entre ellos las controversias por el uso de la camiseta de la Selección Colombia y de símbolos patrios en su publicidad política, medidas que finalmente fueron revocadas por instancias superiores.

Inhabilidad versus incompatibilidad

El núcleo del debate jurídico nunca ha sido la existencia de una prohibición expresa sobre la doble nacionalidad. La Constitución de 1991 permite que un colombiano por nacimiento tenga otra ciudadanía.

El artículo 197 remite a las causales de inhabilidad del artículo 179, cuyo numeral séptimo establece que no podrán ser elegidos quienes tengan doble nacionalidad, "exceptuando los colombianos por nacimiento". Al haber nacido en Colombia, De La Espriella queda cobijado por esa excepción.

Precisamente por ello, varios constitucionalistas han sostenido que el caso no configura una inhabilidad electoral, es decir, una circunstancia que impida ser elegido o que pueda anular una elección.

El analista Héctor Riveros ha explicado que la discusión se ubica en otro terreno: el de las incompatibilidades o eventuales conflictos de interés durante el ejercicio del cargo. Según esa interpretación, el problema no estaría en la elección sino en situaciones concretas donde los intereses de Colombia y Estados Unidos pudieran entrar en tensión.

El peso del juramento estadounidense

La controversia tomó fuerza tras la segunda vuelta presidencial, cuando un grupo de exmagistrados y profesores universitarios publicó un documento advirtiendo que el juramento exigido para obtener la ciudadanía estadounidense podría generar obstáculos jurídicos, éticos y políticos para quien aspire a la Presidencia de Colombia.

El texto pone el foco en la promesa de lealtad a Estados Unidos que realiza quien adquiere esa nacionalidad por naturalización. Para los firmantes, ese compromiso podría entrar en tensión con los deberes constitucionales de un jefe de Estado colombiano.

No obstante, incluso los autores del documento reconocieron que no existe una causal expresa de inhabilidad. Su planteamiento se orientó a la posible incompatibilidad derivada del ejercicio simultáneo de obligaciones hacia dos Estados.

Riveros ejemplificó ese eventual escenario con una hipotética renegociación del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Estados Unidos, en la que un presidente con ciudadanía de ambos países podría enfrentar cuestionamientos sobre posibles conflictos de interés.

Debate político que permanece

La tutela fue presentada por el ciudadano Gary Ernesto Martínez, quien alegó la vulneración de derechos relacionados con la participación política, la soberanía popular y el debido proceso electoral. El Tribunal descartó esos argumentos al considerar que el ordenamiento jurídico ya prevé otros mecanismos para discutir la validez de una elección.

El tema volvió a cobrar relevancia esta semana cuando el senador Iván Cepeda planteó que De la Espriella debería renunciar a su ciudadanía estadounidense, como una de las condiciones para garantizar la legitimidad del ejercicio presidencial.

Aunque el fallo fortalece la posición jurídica del presidente electo y ratifica que su elección no puede ser cuestionada mediante tutela, el debate de fondo sigue vigente en los ámbitos político y académico. La discusión ya no gira sobre si podía aspirar a la Presidencia, sino sobre los eventuales dilemas constitucionales que podrían surgir durante el ejercicio del cargo si llegaran a coincidir intereses contrapuestos entre Colombia y Estados Unidos.