Así cayó la estrategia de Petro de gobernar en excepción ante la Corte

Por Redacción Acento

El Ejecutivo insiste en urgencias previsibles y tensiona límites constitucionales con efectos políticos y fiscales.

Así cayó la estrategia de Petro de gobernar en excepción ante la Corte

El Ejecutivo insiste en urgencias previsibles y tensiona límites constitucionales con efectos políticos y fiscales.


Tres estados de excepción en menos de tres años, tres decisiones adversas de la Corte Constitucional y un mismo diagnóstico reiterado: el Gobierno convirtió problemas estructurales en urgencias extraordinarias para asumir facultades legislativas que la Constitución reserva al Congreso.


El episodio más reciente elevó el tono del choque institucional. La Corte anuló por completo el Decreto Legislativo 1390 de 2025 y afirmó que el Ejecutivo “vulneró los principios democráticos y de separación de poderes”, según el magistrado Carlos Camargo Assis.


No se trató solo de una discrepancia jurídica. La decisión marcó un límite político al uso recurrente de poderes excepcionales. El tribunal encontró que los ocho hechos invocados por el Gobierno carecían de carácter sobreviniente, requisito esencial para justificar emergencias constitucionales.


El patrón ya había sido advertido. En La Guajira, en 2023, la Corte tumbó la emergencia al considerar que la crisis humanitaria respondía a un abandono histórico. La sentencia recordó que el problema estaba judicialmente documentado desde 2017.


La entonces procuradora Margarita Cabello sostuvo que el Ejecutivo “instrumentalizaba” la crisis para obtener facultades extraordinarias. Aunque la Corte diferenció efectos en materia de agua, los trece decretos derivados terminaron cayendo progresivamente hasta marzo de 2024.


La reacción del presidente Petro fue política y discursiva. Defendió la necesidad de actuar frente a la crisis climática y anunció que trasladaría las medidas al Congreso, pero estas nunca obtuvieron aprobación legislativa, reforzando el choque entre poderes.


Catatumbo: crisis real, alcance limitado


En 2025, la Corte reconoció la gravedad humanitaria del Catatumbo derivada de la violencia del Eln y más de 16.000 desplazados, pero limitó el alcance del estado de conmoción interior frente a problemas estructurales.


El tribunal validó parcialmente la declaratoria, pero descartó su uso para resolver fallas en sustitución de cultivos, infraestructura o necesidades básicas. Esa línea jurisprudencial provocó la caída progresiva de varios decretos derivados durante junio de ese año.


Incluso errores formales precipitaron las anulaciones. Un decreto fue invalidado por falta de firmas ministeriales válidas, evidenciando fallas administrativas en el trámite de normas excepcionales que requieren precisión absoluta por su naturaleza extraordinaria.


El Ejecutivo respondió señalando intereses económicos detrás de las decisiones judiciales y aseguró que el Plan Catatumbo continuaría. Sin embargo, la reducción del paquete normativo debilitó el alcance efectivo de la estrategia gubernamental en la región.


Emergencia económica: el punto de quiebre


El caso de diciembre de 2025 marcó un antes y un después. El Gobierno declaró emergencia económica nacional por un déficit fiscal de 16 billones de pesos tras el hundimiento de reformas tributarias en el Congreso.


La Corte reaccionó de forma inédita. Mediante el Auto 082 de 2026 suspendió provisionalmente el decreto, rompiendo una práctica de tres décadas. Posteriormente, la Sentencia C-075 lo declaró inexequible en su totalidad.


El tribunal desestimó los argumentos centrales. Señaló que la negativa del Congreso de aprobar leyes no es imprevisible y que obligaciones como la equiparación de la UPC derivan de mandatos estructurales vigentes desde hace más de quince años.


Uno de los elementos más sensibles fue el calendario. La Corte advirtió que el decreto se expidió durante la vacancia judicial, lo que sugería un intento de eludir temporalmente el control constitucional, afectando el equilibrio institucional.


Durante ese periodo, el Gobierno alcanzó a recaudar más de un billón de pesos con medidas tributarias luego suspendidas. Hoy, esos recursos enfrentan incertidumbre jurídica, con implicaciones fiscales y de confianza en la política económica.


Repetición y desgaste institucional


Al analizar los tres casos, la Corte reiteró una conclusión constante: el Ejecutivo presentó como extraordinarias situaciones estructurales, persistentes y previsibles. Ese enfoque desnaturaliza la figura de los estados de excepción en el orden constitucional colombiano.


El constitucionalista Juan Manuel Charry advirtió que la emergencia no puede reemplazar el trámite legislativo cuando fracasan reformas. En la misma línea, Óscar Ortiz subrayó que el Gobierno no puede alegar su propia previsión fallida como justificación.


El Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana alertó en su momento sobre una “creatividad contable” que erosiona la confianza en la política fiscal. El uso reiterado de excepciones introduce incertidumbre sobre reglas económicas y estabilidad institucional.


Desde el Ejecutivo, la narrativa es distinta. Petro sostiene que las decisiones judiciales limitan recursos para atender a víctimas y sectores vulnerables, y ha planteado incluso la posibilidad de una Asamblea Constituyente como respuesta política.


El trasfondo es una tensión clásica entre eficacia gubernamental y control institucional. Sin embargo, la reiteración del mismo patrón debilita la posición del Ejecutivo y fortalece la jurisprudencia restrictiva de la Corte frente a poderes excepcionales.


Una cuarta emergencia, relacionada con una ola invernal, ya está en estudio. El historial reciente anticipa un escrutinio riguroso. La pregunta no es solo jurídica, sino política: hasta dónde puede estirarse la excepción sin romper la regla democrática.