El Gobierno nacional abrió un nuevo frente de debate político y jurídico tras expedir el Decreto 175 de 2026, en el marco de la emergencia económica y social de
La norma autoriza la contratación directa en plena vigencia de la Ley de Garantías.
El Gobierno nacional abrió un nuevo frente de debate político y jurídico tras expedir el Decreto 175 de 2026, en el marco de la emergencia económica y social declarada para atender la crisis provocada por el frente frío y el aumento de lluvias en distintas regiones del país. La norma autoriza la contratación directa y elimina límites a la adición de contratos en plena vigencia de la Ley de Garantías, a pocos meses de las elecciones de Congreso y Presidencia.
El paquete de decretos fue presentado por el presidente Gustavo Petro luego de un Consejo de Ministros en Cartagena. Entre las medidas figura incluso un nuevo impuesto al patrimonio del 1,6% para personas jurídicas. Sin embargo, el artículo 12 del Decreto 175, denominado “medidas excepcionales de contratación”, fue el que encendió las alarmas en sectores políticos y de control.
La disposición establece que las entidades públicas podrán acudir a la modalidad de contratación directa para adquirir bienes, servicios y logística necesarios para ejecutar las medidas de la emergencia. Además, señala que estos contratos estarán sometidos únicamente a los requisitos y formalidades exigidos para la contratación entre particulares, lo que en la práctica exceptúa las restricciones de la Ley de Garantías.
Esa ley —la 996 de 2005— limita la celebración de convenios interadministrativos y la contratación directa durante los cuatro meses previos a elecciones, con el objetivo de evitar que recursos públicos se utilicen con fines proselitistas. El decreto, sin embargo, introduce una excepción expresa a esa prohibición bajo el argumento de la urgencia derivada de la emergencia invernal.
Otro punto sensible es la eliminación del tope del 50% para adicionar contratos estatales, restricción prevista en la Ley 80 de 1993. Con el nuevo marco, los contratos vigentes o suscritos para conjurar la crisis podrán ampliarse sin ese límite, siempre que exista un nexo causal directo con la atención de la emergencia.
El Gobierno sostiene que estas herramientas son necesarias para agilizar la ejecución de recursos y responder con rapidez a las comunidades afectadas, especialmente en el sector agropecuario. No obstante, la amplitud de las facultades ha generado cuestionamientos sobre los riesgos de discrecionalidad y la posibilidad de que la contratación directa, en un contexto electoral, derive en uso indebido de recursos públicos.
Las alertas no son nuevas. La Contraloría General de la República advirtió recientemente sobre un aumento significativo en la contratación estatal antes de la entrada en vigor de la Ley de Garantías. Según el ente de control, en enero el Gobierno firmó 164.813 contratos por $14,9 billones, cifras que superan en un 68% el valor contratado por la administración de Iván Duque en el mismo periodo previo a las elecciones de 2022.
El reporte agrega que, al sumar entidades nacionales y territoriales, en enero se celebraron 521.269 contratos por contratación directa, por un valor de $32,88 billones. Comparado con enero de 2022 —cuando comenzó a regir la Ley de Garantías antes de los comicios de ese año— se registró un incremento del 52,6% en el número de contratos y del 68,2 % en el valor comprometido.
En el Congreso, las críticas no tardaron en aparecer. La senadora Angélica Lozano calificó como una “perla” la inclusión de estas medidas en el decreto de emergencia. Si bien reconoció que la crisis climática exige contratación rápida, advirtió que la eliminación de límites y la excepción a la Ley de Garantías requieren un blindaje total en materia de transparencia, con planes de inversión claros, responsables definidos y rendición de cuentas en tiempo real.
Expertos en contratación pública han reiterado que la contratación directa elimina la competencia propia de los procesos licitatorios, lo que puede traducirse en menor eficiencia en el gasto, reducción de la transparencia y mayores riesgos de corrupción. Al prescindir de procesos abiertos, se incrementa la posibilidad de favoritismo o de asignación de contratos con criterios políticos.
El decreto incorpora, no obstante, un mecanismo de control: la supervisión contractual deberá verificar que cualquier modificación esté directamente relacionada con la mitigación de los efectos de la emergencia. También exige el cumplimiento de principios como economía, responsabilidad y selección objetiva. El debate radica en si esos controles son suficientes en un contexto de amplias facultades discrecionales.
En plena temporada electoral, cualquier decisión sobre el manejo de recursos públicos adquiere una dimensión adicional: no solo debe ser eficaz, sino incuestionablemente transparente.