La Corte Constitucional ordenó disculpas públicas por vender la película Noviembre como verdad del Palacio de Justicia. Detalles del fallo a favor de la familia
La Corte Constitucional resolvió la tutela presentada por la familia Gaona Bejarano contra la película Noviembre, inspirada en la toma y retoma del Palacio de Justicia, según informó El Colombiano. La Sala Plena concluyó que la forma en que se promocionó la película vulneró los derechos del exmagistrado Manuel Gaona Cruz y de sus familiares, porque se presentó como una obra que mostraba la “verdad” de lo ocurrido. Sin embargo, el alto tribunal determinó que la película en sí misma no vulneró esos derechos, al tratarse de una obra de ficción inspirada en hechos reales.
La familia reclamaba porque la producción, basada en los hechos del 6 y 7 de noviembre de 1985, mostraba a Gaona, entonces magistrado de la Corte Suprema, como un hombre “pusilánime, cobarde y un aliado de los miembros del M-19”. Para sus familiares, esa representación no correspondía con lo ocurrido, afectaba la memoria de su padre y esposo, y difundía una narrativa falsa e injuriosa al insinuar una colaboración del magistrado con sus captores. Gaona Cruz fue secuestrado y asesinado por el M-19, hechos documentados por las investigaciones judiciales y por la Comisión de la Verdad de la Corte Suprema de Justicia.
Para la Corte, los diálogos de la obra no pueden tomarse automáticamente como afirmaciones sobre lo que realmente ocurrió, pero sí cuestionó vender la ficción como si fuera la verdad. Según el tribunal, la promoción podía confundir al público sobre la naturaleza de la producción y sobre la escena en la que un personaje dice: “ni usted, Gaona, que es uña y mugre con estos terroristas”. Por eso ordenó incluir un aviso aclaratorio según el cual la película “es una obra de ficción inspirada en hechos reales. Los eventos y diálogos no constituyen afirmaciones históricas sobre personas reales”. Juliana Gaona Bejarano afirmó: “La verdad sobre mi padre no está en debate. Está respaldada por la justicia, los testigos y los registros históricos”.
La Corte ordenó a Tomás Corredor Pulido, director de la película, y a la productora Burning S.A.S. ofrecer disculpas públicas a la familia en un plazo de 15 días. Las disculpas deberán publicarse en medios de comunicación y redes sociales equivalentes a los que se usaron para promocionar la película, y deberán reconocer que las piezas promocionales presentaron la obra como la verdad de lo ocurrido.
Foto: archivo EL COLOMBIANO. vía El Colombiano.