La Policía reorganiza sus unidades antidisturbios con la Resolución 03226, recupera el Esmad y crea 30 escuadrones móviles con ocho regionales.
La Policía Nacional reorganizó las unidades encargadas de intervenir en disturbios, asonadas y alteraciones del orden público, y recuperó la denominación de los Escuadrones Móviles Antidisturbios (Esmad). Según informó El Tiempo · Justicia, la decisión se adoptó mediante la Resolución 03226 del 13 de octubre, firmada por el director general de la Policía, mayor general Jesús Alejandro Barrera Peña. La norma crea una estructura encabezada por la Unidad Nacional Antidisturbios (Unadi), de la que dependerán ocho regionales y 30 escuadrones móviles distribuidos en distintas ciudades del país.
La resolución modifica el esquema que funcionaba como Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden, regulado por la Resolución 03684 del 11 de noviembre de 2022. El cambio ocurre cuatro años después de otra reforma en las unidades de intervención en manifestaciones, tras las controversias por las actuaciones policiales durante las protestas de 2019 y el estallido social de 2021. La norma conserva el diálogo entre las funciones institucionales. También establece que los escuadrones podrán atender, disuadir y controlar actos delictivos, violentos o contrarios a la convivencia derivados de aglomeraciones, en espacios públicos y privados, dentro del marco legal vigente.
La fuerza antidisturbios apoyará a las unidades policiales en manifestaciones, motines, disturbios y asonadas, sobre todo cuando la capacidad institucional resulte insuficiente o pueda verse desbordada. La resolución también crea un Grupo de Seguimiento Operacional, encargado de apoyar tecnológicamente los procedimientos, custodiar las evidencias audiovisuales de las operaciones y coordinar el uso de sistemas aéreos remotamente tripulados. El general retirado de la Policía Juan Carlos Buitrago afirmó que el cambio equipara a Colombia con el estándar de otras policías del mundo, que cuentan con escuadrones o unidades antidisturbios. Buitrago señaló que se acortan los tiempos de diálogo previos a una intervención, y dijo que el esquema anterior era «demasiado condescendiente». Según él, el uso de la fuerza debe seguir siendo el último recurso.
Desde el derecho constitucional, el abogado Luis Carlos Oviedo Herrera considera que la resolución debe examinarse a la luz de la Constitución de 1991, en especial el alcance de su artículo segundo, que describe los escenarios de aglomeración en los que puede intervenir la Unidad Nacional Antidisturbios. Oviedo advierte que la presencia de personas violentas en una manifestación no autoriza a tratar a todos sus participantes como responsables de esos hechos.
Foto: Defensoría del Pueblo vía El Tiempo.