El secretario general, Diego González, emitió un concepto en el que aclara que la Ley 5ª de 1992 exige presencialidad para la toma de juramento.
Bogotá, D.C. La Secretaría General del Senado de la República dio una respuesta negativa categórica a las pretensiones del senador electo Wadith Alberto Manzur Imbett, quien solicitó medidas urgentes e institucionales para tomar posesión de su curul mediante modalidad virtual o, en su defecto, en el centro penitenciario donde permanece privado de la libertad.
Manzur Imbett, investigado por su presunta vinculación en el entramado de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), elevó el requerimiento para evitar perder la investidura por la imposibilidad física de acudir al Capitolio Nacional.
Los argumentos jurídicos del Congreso
A través del oficio SGE-CS-3309-2026, el secretario general de la corporación, Diego González, desvirtuó que los ajustes sobre herramientas digitales introducidos por la Ley 2390 de 2024 puedan aplicarse al acto de posesión constitucional.
El concepto deja claro que la norma que flexibilizó trámites legislativos remotos modificó temas operativos —como ponencias, actas o informes—, pero no reformó el artículo 17 de la Ley 5ª de 1992, el cual norma con carácter solemne que el juramento se tomará a los congresistas presentes en la sede institucional de la capital.
"La existencia de una medida privativa de la libertad y las actuaciones desplegadas por el congresista para procurar su posesión constituyen elementos susceptibles de ser examinados judicialmente como una eventual causa justificativa, sin que ello implique reconocer efectos jurídicos a una posesión a distancia ni habilitar, por vía administrativa, una modalidad distinta de la prevista en el Reglamento Interno del Congreso", reza la comunicación oficial enviada a Manzur.

Sede única y jurisprudencia constitucional
El pronunciamiento de la Secretaría General respalda su postura en el artículo 140 de la Constitución Política y en pronunciamientos de la Corte Constitucional (como la Sentencia C-063 de 2002), los cuales ratifican que el Congreso de la República tiene una sola sede física y legalmente delimitada para realizar sus actuaciones solemnes.
Con esta decisión, el Congreso cierra la puerta a cualquier habilitación administrativa excepcional, dejando en manos de los tribunales competentes la evaluación de si la condición de reclusión preventiva de Manzur constituye una causa justificada o si, por el contrario, procede la pérdida de su curul al no poder asumir formalmente el cargo.
El ABC de la Noticia
1. ¿Qué pidió Wadith Manzur al Congreso?
Que le permitieran tomar juramento de su cargo como senador de forma virtual o presencial desde el lugar de reclusión donde cumple medida de aseguramiento por el caso UNGRD.
2. ¿Por qué el Senado le negó la petición?
La Secretaría General sustentó que la Ley 5ª de 1992 y la Constitución exigen que el acto solemne de posesión se haga de manera presencial en la sede oficial del Congreso de la República.
3. ¿Qué pasará con la curul de Manzur?
Al no poder posesionarse por vía remota ni en prisión, la justificación de su ausencia frente al plazo legal para asumir el cargo deberá ser ponderada y decidida en instancias judiciales.