Decreto 1368 levanta suspensión de porte de armas en Colombia. Conozca qué implica la medida y qué requisitos se mantienen.
El levantamiento de la suspensión general para el porte de armas de fuego en Colombia, firmado por el presidente Abelardo de la Espriella mediante el Decreto 1368, ha generado debate en sectores políticos y ciudadanía.
La medida restableció la eficacia de salvoconductos que estaban vigentes, aunque mantiene intactos los requisitos y controles previstos para acceder a las autorizaciones de porte. Expertos consultados explicaron que la decisión no implica una apertura irrestricta, sino el reconocimiento de trámites que habían sido suspendidos previamente.
Requisitos y controles se mantienen vigentes
Según el análisis disponible, el decreto preserva los mecanismos de verificación que las autoridades competentes utilizan para evaluar solicitudes de porte de armas. Esto significa que, aunque se levanta la prohibición general, las personas que deseen portar armas de fuego deben cumplir con los procedimientos establecidos en la normatividad.
La decisión presidencial se fundamentó, según el mandatario, en que "durante años se restringió" el acceso a esta autorización, lo que motivó el restablecimiento de salvoconductos previamente expedidos.
Aspectos clave de la medida
- Se restablecen salvoconductos que estaban suspendidos
- Se mantienen los requisitos de acceso a autorizaciones
- Persisten los controles de las autoridades competentes
- No se elimina la evaluación caso por caso
La implementación del Decreto 1368 busca normalizar un proceso que, según la administración De la Espriella, había sido objeto de restricciones prolongadas, sin dejar a un lado los mecanismos de seguridad y verificación que caracterizan la regulación del porte de armas en el país.