Abelardo de la Espriella delega en ministros y directores la provisión de vacantes, con límites en cargos de Presidencia y en el servicio exterior. Detalles del
El presidente Abelardo de la Espriella firmó un decreto que ordena la delegación de funciones esenciales de su despacho al gabinete ministerial y a los directores de departamentos administrativos, como el Departamento Administrativo de Prosperidad Social (DPS) y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane). La medida, oficializada el martes 27 de octubre, permite a ministros y directores declarar y proveer vacancias definitivas y temporales en sus sectores del Ejecutivo, lo que les da una autonomía relevante en la administración del personal y la gestión diaria del Gobierno.
El decreto excluye de esa delegación los cargos de jefe de despacho presidencial, secretario para la Transparencia, secretario para las Comunicaciones y Prensa, secretario jurídico, consejeros presidenciales, consejero comisionado de Paz, jefe para la Protección Presidencial y jefe de Casa Militar. Tampoco se puede delegar la provisión de vacantes, temporales o definitivas, de agentes consulares y diplomáticos, un asunto que ha estado ligado a polémicas por designaciones políticas en el servicio exterior. El mandatario ha anunciado que priorizará funcionarios de carrera, aunque en las embajadas han predominado personas con trayectoria política o empresarial.
Andrés Bernardo Barreto González, secretario jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), recibió la facultad de posesionar magistrados de las altas cortes y funcionarios del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición. El ministro de Relaciones Exteriores, Omar Bula, quedó autorizado para ejecutar sanciones disciplinarias del ministerio y para designar, trasladar y reubicar funcionarios de la carrera diplomática. El Ministerio de Defensa recibió competencias sobre el llamado y retiro de oficiales de la Fuerza Pública, la reincorporación de exintegrantes de la Policía Nacional y el ascenso de oficiales.
Una directiva presidencial, emitida en paralelo, regula las comisiones de servicio en el exterior. Solo podrán autorizarse desplazamientos que respondan a necesidades demostradas del servicio y que estén alineados con los objetivos institucionales y las prioridades presidenciales. La jefatura del despacho presidencial deberá avalar previamente cada comisión, y se debe presentar un proyecto de decreto específico para su aprobación.
Foto: De la Espriella.