Que nadie se deje confundir: la posesión de De La Espriella en una guarnición militar no viola una sola línea de la Constitución. El artículo 192 exige jurar an
Que nadie se deje confundir: la posesión de De La Espriella en una guarnición militar no viola una sola línea de la Constitución. El artículo 192 exige jurar ante el Congreso. Ante el Congreso, no en el Capitolio. Si las cámaras acuerdan trasladarse —y las mayorías para hacerlo existen—, el acto es tan constitucional como cualquier otro en la historia republicana.
¿Por qué a la izquierda alineada con Petro y Cepeda le irrita tanto el gesto? Porque el gesto los retrata. Durante cuatro años la fuerza pública fue maniatada, señalada desde el poder y expuesta en territorios donde grupos criminales secuestraron soldados usando civiles como escudo. El Cauca fue el epicentro de esa humillación: asonadas, bases asediadas, tropa retenida por orden de quienes mandan en el cañón del Micay. Que el nuevo presidente quiera jurar precisamente allí, frente a esos uniformados, no es una provocación. Es una reparación.
Los que hoy invocan la Constitución para objetar una ceremonia guardaron silencio cuando el Estado abandonó a su tropa. Descubrieron el formalismo jurídico justo cuando el símbolo dejó de favorecerlos. No es rigor constitucional. Es incomodidad política vestida de toga.
La lectura de Acento: el 7 de agosto no está en juego el orden constitucional, sino el relato. Un presidente que jura ante el Congreso, rodeado de sus soldados, en el departamento donde más se les humilló, dice sin discursos cuál será su prioridad. Eso es exactamente lo que algunos no le perdonan.