Alza del predial: culpa de estatutos municipales, no del catastro

Por Acento Colombia

Análisis sobre por qué el alza del predial en Colombia responde a estatutos municipales desactualizados y no a la actualización catastral.

Las protestas por el aumento del impuesto predial que atraviesan Colombia no se deben a la actualización catastral, sino a estatutos municipales desactualizados que han eliminado el carácter progresivo del impuesto, según análisis disponibles.

La distinción es relevante porque mientras la actualización catastral es un proceso técnico de actualización de valores de predios basado en el mercado inmobiliario, los estatutos municipales son las normas que definen cómo se cobra el impuesto y si este tiene o no progresividad fiscal.

El problema está en la normativa local

Cuando los estatutos municipales están desactualizados, pierden mecanismos como la progresividad, que busca que quienes poseen propiedades de mayor valor paguen tasas más altas. Sin estos mecanismos, el incremento en el avalúo se traduce directamente en un aumento proporcionalmente mayor para todos los propietarios, sin distinguir entre pequeños propietarios y grandes tenedores de bienes raíces.

Este es el nudo de las protestas que se han registrado en varias regiones del país. Los ciudadanos perciben aumentos significativos en sus recibos del predial sin entender que la causa no está en el catastro —que simplemente actualiza valores— sino en las normas que sus municipios tienen para aplicar el tributo.

Diferencia clave entre catastro y tributación

La actualización catastral es necesaria para que los municipios tengan información precisa sobre sus bases tributarias. Sin embargo, si los estatutos que regulan cómo se cobra el predial están anticuados, el efecto sobre los contribuyentes será más regresivo que progresivo.

Según la información disponible, la solución requiere que los municipios no solo actualicen sus catastros, sino que también revisen y modernicen sus estatutos tributarios para garantizar que el impuesto predial mantenga su carácter progresivo y no se convierta en una carga desproporcionada para los propietarios de menores recursos.