La tercera emergencia económica declarada por el gobierno de Gustavo Petro en menos de tres meses volvió a encender el debate sobre el uso —o abuso— de los esta
Esta declaratoria reaviva el debate sobre el uso reiterado de los estados de excepción por parte del Gobierno.
La tercera emergencia económica declarada por el gobierno de Gustavo Petro en menos de tres meses volvió a encender el debate sobre el uso —o abuso— de los estados de excepción en Colombia. Aunque la figura está prevista en la Constitución para enfrentar hechos imprevisibles y graves, críticos del Ejecutivo advierten que se ha convertido en una herramienta recurrente para sortear bloqueos políticos y aliviar tensiones fiscales.
Con la más reciente declaratoria, justificada por las inundaciones en Córdoba y otros departamentos de la Costa Caribe, la administración Petro suma tres emergencias económicas y sociales, además de una conmoción interior y una emergencia sanitaria en lo que va de mandato. Si bien no es el gobierno que más ha recurrido a estos mecanismos en la historia reciente, sí es uno de los que más los ha activado en tan corto tiempo.
La Constitución permite al presidente declarar la emergencia económica por hasta 30 días —prorrogables a 90— cuando existan circunstancias sobrevinientes que no puedan enfrentarse por las vías ordinarias. Durante ese periodo, el Ejecutivo puede expedir decretos con fuerza de ley e incluso crear impuestos temporales, siempre y cuando estén destinados exclusivamente a conjurar la crisis que motivó la medida.
El problema, según constitucionalistas y congresistas de oposición, es que varias de las declaratorias recientes no cumplirían con el requisito de imprevisibilidad ni de urgencia estricta.
La primera emergencia económica fue decretada en julio de 2023 en La Guajira, bajo el argumento de enfrentar los efectos de la sequía y el fenómeno de El Niño. Sin embargo, en octubre de ese mismo año, la Corte Constitucional la declaró inexequible al considerar que los problemas estructurales del departamento no constituían hechos sobrevinientes.
En enero de 2025, el Gobierno acudió a la figura de la conmoción interior para atender la crisis de violencia en el Catatumbo. En ese marco creó un impuesto del 1% a la extracción y venta de petróleo, gas y carbón para financiar acciones de seguridad. Meses después, declaró una emergencia sanitaria por un brote de fiebre amarilla que dejó 32 fallecidos. Aunque permitió redirigir recursos al sistema de salud, el número de contagios no alcanzó las proporciones inicialmente previstas.
El punto de quiebre llegó en diciembre de 2025. Tras el hundimiento en el Congreso de la ley de financiamiento que buscaba recaudar 16,3 billones de pesos para cubrir el desfinanciamiento del presupuesto, el Ejecutivo declaró una nueva emergencia económica para obtener esos recursos por decreto. Desde el primer momento, expertos advirtieron que el Gobierno no podía invocar una situación excepcional para revertir una decisión autónoma del Legislativo.
La controversia escaló cuando la Corte Constitucional tomó una decisión sin precedentes: suspendió provisionalmente la emergencia mientras estudia de fondo los decretos expedidos. Para varios analistas, ese gesto evidenció la preocupación del alto tribunal frente a una posible extralimitación del Ejecutivo.
Apenas días después de esa suspensión, el Gobierno anunció otra emergencia económica, esta vez por los estragos de las lluvias en el norte del país. Gobernadores de la región han reconocido la gravedad de la situación, pero las medidas planteadas —como un impuesto al patrimonio para grandes empresas y la imposición de inversiones forzadas a los bancos— despertaron sospechas sobre su verdadero alcance.
La crítica central es que estas herramientas parecen diseñadas más para atender necesidades de caja que para resolver de manera focalizada la emergencia climática. Si bien las inundaciones requieren recursos inmediatos, algunos expertos sostienen que podrían enfrentarse mediante traslados presupuestales, créditos o mecanismos ordinarios ya previstos en la ley.
El uso reiterado de estados de excepción también plantea un debate institucional. La emergencia económica es una facultad extraordinaria pensada para circunstancias límite; su activación frecuente puede erosionar el equilibrio de poderes y tensionar la relación con el Congreso. Además, somete al país a un ambiente de incertidumbre jurídica, pues las medidas adoptadas quedan bajo el escrutinio posterior de la Corte.
En un contexto de estrechez fiscal y dificultades para tramitar reformas estructurales, el Gobierno parece haber encontrado en las emergencias un atajo para implementar decisiones rápidas. La pregunta de fondo es si esa estrategia fortalece la capacidad de respuesta del Estado o, por el contrario, debilita el marco institucional al convertir lo excepcional en rutina.
La tercera emergencia económica no solo busca atender una crisis puntual; también reabre la discusión sobre los límites del poder presidencial y el papel de los controles constitucionales en tiempos de presión política y fiscal.