El Gobierno nacional decidió mantener el aumento del 23,7% del salario mínimo para 2026 mediante un nuevo decreto transitorio, pese a la suspensión provisiona
La decisión no solo reabre el pulso jurídico con las altas cortes, sino que amplía el debate técnico sobre el verdadero alcance del incremento y sus efectos en el sistema pensional.
El Gobierno nacional decidió mantener el aumento del 23,7% del salario mínimo para 2026 mediante un nuevo decreto transitorio, pese a la suspensión provisional ordenada por el Consejo de Estado.
La decisión, defendida públicamente por el presidente Gustavo Petro en la Plaza de Bolívar, no solo reabre el pulso jurídico con las altas cortes, sino que amplía el debate técnico sobre el verdadero alcance del incremento y sus efectos en el sistema pensional.
El nuevo decreto admite que, si se aplicara estrictamente la fórmula tradicional establecida en la Ley 278 de 1996 —basada en inflación, productividad y crecimiento económico— el aumento sería del 13,6% y no del 23%. Ese 13,6% equivale a un ajuste de $193.596 adicionales sobre un salario base de $1.617.096 (sin auxilio de transporte).
El porcentaje surge de la suma de los parámetros económicos habituales: inflación esperada de 5,30%, Productividad Total de Factores de 0,91%, contribución de salarios al ingreso nacional de 2,81%, contribución al ingreso mixto ponderado de 1,65% y un crecimiento estimado del PIB de 2,90%. Es decir, los criterios técnicos clásicos arrojan un aumento significativamente menor al finalmente decretado.
La diferencia radica en un componente adicional de 9,4% incorporado bajo el concepto de “salario mínimo vital”, que explica el 40% del incremento total. Según el Gobierno, este factor busca cerrar parcialmente la brecha entre el salario mínimo vigente y el costo real de una canasta de vida digna que incluya alimentación, vivienda, salud y educación.
El sustento técnico de ese componente se apoya en estudios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 2024, que concluyeron que existe una brecha cercana al 23% entre la canasta asociada al salario mínimo y una canasta vital de referencia. Sobre esa base se construyó el incremento total para 2026.
Para el Ejecutivo, la inclusión del salario vital no es un gesto político sino una obligación constitucional orientada a garantizar justicia social y redistribución del ingreso. Petro ha insistido en que el nuevo decreto incorpora todos los criterios exigidos por el Consejo de Estado y que no dará marcha atrás en lo que considera “un hecho histórico”.
Sin embargo, el Consejo de Estado tiene la última palabra. El alto tribunal continúa revisando las demandas contra el aumento y deberá determinar si el nuevo decreto cumple estrictamente con los criterios técnicos y constitucionales ordenados. Mientras tanto, el salario vigente se mantiene en $2 millones con auxilio de transporte.
Más allá del debate jurídico, el aumento ha encendido alertas en el frente financiero. La calificadora Fitch Ratings advirtió que el alza del 23% —muy superior a la inflación de 5,1% registrada en 2025— introduce riesgos relevantes para aseguradoras y administradoras de fondos de pensiones.
El principal fenómeno señalado es el llamado “deslizamiento”: cuando el salario mínimo crece por encima de la inflación, las obligaciones pensionales indexadas a ese indicador aumentan más rápido que los activos que las respaldan. En Colombia, cerca del 75% de las rentas vitalicias están denominadas en salarios mínimos, lo que concentra el riesgo en una variable que depende de decisiones anuales del Ejecutivo.
La situación se agrava con el Decreto 1485 de 2025, que modificó el esquema de compensación estatal frente a desviaciones entre salario mínimo e inflación. Según Fitch, el cambio reduce el respaldo del Estado y traslada más riesgo a las aseguradoras, obligándolas a fortalecer reservas técnicas entre 15% y 20% de su capital, lo que podría afectar rentabilidad y solvencia.
A noviembre de 2025, las reservas asociadas a rentas vitalicias ascendían a $66,3 billones. Si el salario mínimo continúa creciendo muy por encima de la inflación, advierte la calificadora, podrían generarse descalces actuariales que presionen el sistema. En un escenario extremo, una eventual retirada de aseguradoras del negocio trasladaría el riesgo al Estado como garante de última instancia, con impacto fiscal.
En paralelo, la propuesta de limitar la inversión extranjera de las aseguradoras y administradoras de fondos de pensiones al 30% también genera preocupación por la posible reducción en diversificación y rentabilidad futura.
Así, el aumento del salario mínimo se mueve en dos planos. En el corto plazo, representa un alivio para 2,4 millones de trabajadores formales y un avance simbólico hacia el concepto de salario vital. En el mediano y largo plazo, abre interrogantes sobre sostenibilidad pensional, equilibrio fiscal y seguridad jurídica.
La discusión ya no es solo cuánto debe subir el salario mínimo, sino bajo qué criterios y con qué efectos estructurales. La decisión final del Consejo de Estado marcará el rumbo de un debate que combina justicia social, técnica económica y estabilidad financiera.