La sesión extraordinaria de la Comisión Permanente de Política Salarial dejó una conclusión central: todo indica que el Gobierno mantendrá el incremento del 23,
La sesión extraordinaria de la Comisión Permanente de Política Salarial dejó una conclusión central: todo indica que el Gobierno mantendrá el incremento del 23,7 % del salario mínimo para 2026, pese a que el decreto que lo fijó fue suspendido provisionalmente por el Consejo de Estado.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, confirmó al término de la reunión que la decisión oficial sería sostener la cifra establecida en diciembre, mientras el alto tribunal examina de fondo los argumentos del decreto unilateral. En paralelo, los ministerios de Trabajo y Hacienda, junto con el Departamento Administrativo de la Presidencia, deberán expedir un decreto transitorio que tenga en cuenta las variables técnicas previstas en la ley para determinar el aumento.
Según lo expresado por el ministro de Hacienda, Germán Ávila, revertir el incremento sería jurídicamente inviable, al tratarse —en su criterio— de un derecho adquirido por los trabajadores. Ambos funcionarios precisaron que convocar la comisión no era una orden obligatoria del Consejo de Estado, pero se hizo para analizar los alcances del fallo y escuchar a las partes.
Durante la reunión se señaló que una mayoría de empleadores estaría de acuerdo con mantener la cifra inamovible, teniendo en cuenta el escenario jurídico abierto y el impacto que podría tener una reversión.
Sin embargo, no todos los gremios respaldaron esa posición. Fenalco se desmarcó de la mesa y rechazó mantener el alza del 23,7 % sin un sustento técnico claro. Su presidente, Jaime Alberto Cabal, advirtió que sostener el incremento en esos términos equivale a “pasar por encima” de más de un millón de micro y pequeñas empresas, entre panaderías, tiendas de barrio, cafeterías, peluquerías, ferreterías, restaurantes, bares y alojamientos.
El gremio insistió en que el decreto suspendido no explicó de manera concreta ni verificable cómo variables como la inflación, la productividad, el crecimiento del PIB y otros factores incidieron en el porcentaje finalmente fijado. Aunque dichas cifras fueron mencionadas, según Fenalco, no fueron ponderadas ni acompañadas de una operación lógica que permitiera reconstruir el peso específico de cada variable en la determinación final.
En ese contexto, el gremio recordó que el nuevo decreto debe basarse exclusivamente en los factores señalados por la ley, utilizar estadísticas provenientes de fuentes oficiales y evitar reproducir el contenido del acto suspendido, todo dentro del plazo fijado por el tribunal.
Fenalco también alertó sobre los impactos económicos. Señaló que un incremento que no tenga en cuenta la productividad ni la inflación real podría traducirse en la pérdida de más de 700.000 empleos formales. Además, citó incrementos recientes en rubros como transporte (25 %), comidas fuera del hogar (39 %) y salud (20 %), que presionan los costos y afectan con mayor intensidad a los hogares de menores ingresos.
El gremio sostuvo que las micro, pequeñas y medianas empresas —que representan el 93 % del tejido empresarial colombiano— enfrentan un “triple impacto”: el aumento del salario mínimo, los efectos de la reforma laboral y la reducción de la jornada semanal, lo que podría incentivar la informalidad.
Frente a este panorama, el Gobierno anunció que evalúa medidas para proteger a las pequeñas empresas, entre ellas la promoción de crédito de fomento y alternativas para incentivar el mantenimiento del empleo. También se reiteró la necesidad de bajar las tasas de interés como mecanismo para estimular el crecimiento económico, tema que fue abordado durante la sesión.
Así, el país queda en un escenario de transición: mientras el Ejecutivo insiste en mantener el 23,7 %, un sector del empresariado exige que cualquier nuevo decreto cumpla estrictamente con los criterios técnicos y legales definidos por la normativa vigente. La decisión final dependerá tanto de la actuación del Gobierno en la expedición del nuevo acto como del examen de fondo que adelante el Consejo de Estado.